|
El FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS - FNG S.A., promovió la creación de los FONDOS REGIONALES con el objeto de extender la cobertura de los servicios en todo el país, descentralizando las operaciones y haciendo más eficiente la labor, al promover el acceso de recursos de crédito a las MIPYMES en cada zona de influencia, con este fin se constituyo el FONDO REGIONAL DE GARANTÍAS DE SANTANDER – FGS S.A. El Sistema Nacional de Garantías – SNG, cuenta con el respaldado de entidades públicas y gremiales como el Ministerio De Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Bancoldex, Acopi, entre otras Entidades que propenden por la consolidación y fomento de la MIPYMES plasmados en la ley Mipyme (Ley 590/2000), modificada hoy por la ley 905/2.004 (sobre la promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictaron otras disposiciones) y en las estrategias de Gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez, en su propuesta de un país de propietarios y desarrollo económico sostenible, las cuales han sido regionalizadas en los diferentes Entes Territoriales a través de los Consejos Regionales y Municipales de MIPYMES. Como parte del desarrollo de esta estrategia, el Departamento de Planeación Nacional, emitió el documento Conpes 3484 de Agosto 13 de 2007, ‘Política Nacional para la transformación productiva y la promoción de las micro, pequeñas y medianas empresas: Un esfuerzo público-privado’ El Fondo Regional de Garantías de Santander – FGS S.A., es una sociedad anónima, de economía mixta, del orden departamental, creada el 3 de Julio de 1997, cuyo Objeto Social es Promover la competitividad y estabilidad del sector de las micro, pequeñas y medianas empresas, constituyendo con su patrimonio un Fondo Regional de Garantías para facilitar el acceso a préstamos que otorguen las entidades de crédito legalmente autorizadas para desarrollar este objeto, a favor de personas naturales o jurídicas que cuenten con proyectos viables y que carezcan total o parcialmente de garantías suficientes a juicio de tales establecimientos de crédito, mediante el otorgamiento directo de garantías, a titulo oneroso en forma individual o conjuntamente con otras entidades de igual o similar naturaleza. Igualmente estará facultado para respaldar operaciones de leasing que perfeccionen con sus clientes, entidades legalmente autorizadas para el efecto y para ejecutar operaciones de retrogarantía con otras entidades que desarrollen actividades iguales o similares a la suya EVOLUCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS – SNG y FONDO REGIONAL DE GARANTÍAS DE SANTANDER – FGS S.A.
|